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La nueva ordenanza de abastecimiento fomenta el consumo sostenible de agua potable.

Se aprobará en la Comisión de Medio Ambiente y el Pleno del Ayuntamiento.

22/02/2015

Nuevos avances en la economía del agua, la obligatoriedad de la extensión de la red de baja presión o agua no potable en nuevos ámbitos urbanizables, la instalación de contadores inteligentes o la prohibición de la generación de alarmas infundadas sobre la calidad del agua, son algunas de las novedades que introduce la nueva Ordenanza Municipal de Abastecimiento de Aguas que será aprobada la próxima semana en la Comisión de Medio Ambiente y el Pleno del Ayuntamiento.

La Concejala de Medio Ambiente y Desarrollo Sostenible, Mª Àngels Ramón-Llin, ha explicado que nueva Ordenanza prioriza así la protección del medio ambiente, el consumo sostenible de los recursos hídricos en Valencia y garantizar la salud de los ciudadanos y su calidad de vida tanto en presente como en el futuro, “siguiendo nuestra línea de eficiencia hídrica, protección del medio ambiente y beneficio para los ciudadanos, adaptamos esta Ordenanza a la evolución propia de nuestra ciudad, de los nuevos avances tecnológicos y de la normativa vigente”.

En este sentido, la nueva Ordenanza cuenta como principales objetivos la protección del medio natural y sus recursos en el término municipal de Valencia frente a las diversas formas de contaminación, el establecimiento de medidas y mecanismos tendentes a lograr una utilización más racional de los recursos hídricos, garantizar la salud de los ciudadanos, así como proteger las infraestructuras de abastecimiento de agua de la ciudad.

Tal y como se desprende del texto legal, que será aprobado por la Comisión de Medio Ambiente y el Pleno del Ayuntamiento la semana próxima, se consideran las condiciones impuestas en los Planes de Emergencia por Sequía en situaciones de sequía declaradas, del mismo modo que se convierte en obligatoria la extensión de la red de baja presión (agua no potable destinada a usos secundarios como el baldeo, el riego de jardines y fuentes ornamentales) en zonas con instalación previa y su instalación en nuevos ámbitos urbanizables según la planificación establecida.

Del mismo modo, entre los objetivos se contempla la protección de aguas, tanto superficiales como subterráneas, frente a toda fuente de contaminación; favorecer las actividades que consuman menor cantidad de agua, o que aporten una menor carga contaminante, así como la reutilización de aguas usadas en aquellas finalidades que lo permitan.

Por lo que respecta a la protección de las infraestructuras hídricas de la ciudad, la nueva ordenanza permitirá evitar el deterioro de las redes de suministro de agua como consecuencia de la presencia de contaminantes que pudieran afectar a la salud pública o al correcto funcionamiento de las instalaciones. Del mismo modo, se evitan daños e interferencias en las instalaciones, tuberías, redes de agua y cualquier elemento de abastecimiento de agua, así como reducir las deficiencias en las redes de suministro.

A fin de evitar interferencias con otros servicios, la nueva ordenanza prohíbe el apoyo sobre tuberías, el acceso a arquetas, y la manipulación o captación de señales de telemando y telelectura sin autorización. La norma también establece la obligatoriedad de dejar libre el espacio sobre las tuberías y actualiza las distancias mínimas a otras infraestructuras en casos paralelismos o cruzamientos.

Además la nueva ordenanza introduce otros cambios que redundarán en la mejora del servicio como son la regulación de los equipos descalcificadores, la instalación de hidrantes de protección contraincendios y la prohibición expresa de generar alarmas infundadas sobre la calidad del agua con interés comercial o lucrativo. También contempla los avances tecnológicos y por ello incluye la utilización de contadores inteligentes con radiotransmisión.

La normativa actualiza los precios de infracciones y sanciones de pesetas a euros, incluye la obligatoriedad de pago por pérdida de agua en fugas provocadas, adapta las sanciones en función del grado de afección a los usuarios e importancia de la infraestructura dañada, y concede un plazo de un año para la adaptación de las instalaciones existentes con anterioridad a la entrada en vigor de la ordenanza.

Por otro lado, la nueva Ordenanza se adapta a los cambios normativos y tecnológicos existentes, de modo que se actualiza de acuerdo al RD 140/2003 sobre calidad de agua de consumo humano y tipología de análisis, además de otras normativas que se han tenido en consideración.